El programa tiene como objetivo la adopción de medidas flexibilizadoras de aplazamientos de las fechas de reintegros y ampliación de los plazos de ejecución en la realización de inversiones y/o empleo, para garantizar la liquidez y financiación, y evitar problemas de solvencia.
De esta manera, está dirigido a las empresas beneficiarias de los siguientes programas de ayudas, que se enfrentan a retos económicos como consecuencia de la crisis actual ocasionada por la agresión militar rusa contra Ucrania:
- Gauzatu-Industria. Ayudas de impulso a la creación y desarrollo de pymes de base tecnológica y/o innovadoras.
- Bideratu Berria. Ayudas destinadas a la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis.
- Bideratu COVID. Ayudas destinadas a la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis como consecuencia del impacto económico del COVID-19.
- Indartu. Ayudas para realizar inversión productiva que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico para el impulso de determinadas zonas de la Comunidad Autónoma del País Vasco y a municipios con una tasa de desempleo superior a determinada media anual de la Comunidad, fijada en cada convocatoria.
- Bateratu COVID. Ayudas destinadas a las empresas, afectadas por el COVID-19, que realicen actuaciones de consolidación.
- Bilakatu COVID. Ayudas destinadas a las empresas, afectadas por el COVID-19, que realicen actuaciones de diversificación y/o relocalización, desarrollando nuevas capacidades, en líneas de negocio, productos, servicios y mercados.
Entidades beneficiarias de las medidas
Las medidas están destinadas, exclusivamente, a las empresas que ya son beneficiarias al amparo de cualquiera de las convocatorias vigentes de los programas de ayudas Gauzatu-Industria, Bideratu Berria, Bideratu COVID-19, Indartu, Bateratu COVID-19 y Bilakatu COVID-19.
Estos programas de ayudas, excepto en lo que les afecte por esta Orden, seguirán rigiéndose por lo dispuesto en cada una de las disposiciones que reguló la concesión de sus ayudas. De esta manera, serán beneficiarias las empresas que cumplan con las siguientes características:
- Que hayan o estén sufriendo períodos de inactividad, pérdida de facturación o reducción de pedidos.
- Interrupciones de las cadenas de suministros o pagos pendientes de Rusia o Ucrania.
- Aumento del riesgo de ciberataques.
- Aumento de los precios de insumos o materias primas específicos afectados por la crisis actual.
- Aumentos excepcionalmente importantes de los precios del gas y la electricidad que no sean capaces de repercutir.
Asimismo, sólo serán beneficiarias de estas medidas flexibilizadoras aquellas entidades acogidas que se encuentren al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social, así como en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
Tipología de las medidas flexibilizadoras
Las medidas flexibilizadoras que podrán adoptar las empresas se pueden clasificar en dos tipos:
Aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables.
En los programas Gauzatu-Industria, Bideratu Berria y Bideratu COVID-19, las entidades podrán retrasar el reintegro de las cuotas de febrero y/o julio de 2023. El nuevo período para ingresar dichas cuotas se iniciará tras la finalización del calendario de reintegros previsto en la resolución de concesión inicial o en las prórrogas concedidas.
En estos casos, se dictará una resolución en la que se fijará el período concreto para reintegrar las cuotas atrasadas. No obstante, los reintegros sometidos a una Resolución de fraccionamiento dictada por el Departamento de Economía y Hacienda quedan excluidos de esta Orden.
Ampliación del periodo de realización de inversión y empleo.
Se podrá ampliar el periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, siempre que los plazos de ejecución, incluidas las prórrogas ordinarias o extraordinarias, si las hubiere, no estén finalizados.
- Programa Gauzatu Industria y Programa Indartu
Será posible conceder un aplazamiento adicional de hasta 6 meses, a partir de la fecha de finalización del periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo. Están incluidas las prórrogas ordinarias y extraordinarias, si las hubiera, excepto para las beneficiarias de la convocatoria 2022, de dichos programas.
- Programa Bateratu COVID-19 y Programa Bilakatu COVID-19
Se podrá conceder un aplazamiento adicional de hasta 12 meses, a partir de la fecha de finalización del periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, incluidas las prórrogas ordinarias y extraordinarias, si las hubiera.
El plazo de presentación de las solicitudes comienza el 21 de febrero y finaliza el 29 de septiembre de 2023. Para más información, consulta con nuestros asesores expertos en ayudas y subvenciones para estudiar tu caso y recibir asesoramiento.