El propósito del programa Bideratu Berria es brindar un anticipo reintegrable para financiar la implementación de medidas de reestructuración y relanzamiento, de índole industrial y financiera, que formen parte de planes de reestructuración elaborados por empresas en crisis, con el objetivo de recuperar su viabilidad a medio y largo plazo.
Serán elegibles los costes asociados a la implementación de medidas incluidas en planes que cumplan con los siguientes requisitos. Además, deberán contener acciones enfocadas en la reorganización y racionalización de las actividades de las empresas para volverlas rentables, como la reducción o abandono de actividades deficitarias, la reestructuración de aquellas cuya competitividad pueda ser restaurada o la diversificación hacia nuevas actividades rentables.
- El plan de reestructuración debe incluir medidas cuya duración sea la más breve posible. Deben permitir la recuperación de la viabilidad de la empresa en un plazo razonable, considerando hipótesis realistas acerca de las condiciones futuras de explotación.
- La mejora de la viabilidad debe ser el resultado de las medidas internas contenidas en el plan de reestructuración. Aunque también puede depender de factores externos como el aumento de los precios o la demanda, sobre los cuales la empresa no tenga influencia.
- Para elaborar el plan, se deben considerar las circunstancias que han generado las dificultades de la empresa. Así como la situación y la evolución previsible de la oferta y la demanda en el mercado de los productos en cuestión. Se deben establecer hipótesis optimistas, pesimistas e intermedias, teniendo en cuenta los puntos fuertes y débiles de la empresa.
- Es esencial que el plan de reestructuración proponga cambios que permitan a la empresa cubrir todos sus costes. Se incluyen los relacionados con la amortización y las cargas financieras, una vez que se hayan implementado las medidas contempladas en el mismo.
Entidades beneficiarias de Bideratu Berria
Para poder solicitar las ayudas económicas, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Contar con un centro de trabajo o explotación afectado en la Comunidad Autónoma Vasca (CAV).
- Ser una pequeña o mediana empresa (PYME).
- Cumplir al menos dos de las siguientes circunstancias durante los dos ejercicios anteriores a la solicitud de las ayudas:
- Tener un promedio de más de 40 trabajadores empleados en cada ejercicio.
- Tener un activo total superior a 1,5 millones de euros.
- Tener una cifra anual de negocios superior a 3 millones de euros.
- Encontrarse en situación de crisis financiera. Lo que significa que la empresa no es capaz de cubrir sus pérdidas con sus propios recursos y corre el riesgo de desaparecer en un corto o mediano plazo sin una intervención externa.
En particular, una PYME será considerada en crisis si cumple con uno de estos tres criterios:
- Si es una sociedad de responsabilidad limitada y ha perdido más de la mitad de su capital social suscrito debido a las pérdidas acumuladas. Esto sucede cuando la deducción de las pérdidas acumuladas de las reservas y otros elementos que se consideran fondos propios de la sociedad resulta en un importe acumulativo negativo superior a la mitad del capital social suscrito.
- Si es una sociedad en la que al menos algunos socios tienen responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la sociedad y ha perdido más de la mitad de sus fondos propios que figuran en su contabilidad debido a pérdidas acumuladas.
- Si la empresa está en proceso de quiebra o insolvencia, o cumple con los criterios establecidos en su Derecho nacional para ser sometida a un proceso de quiebra o insolvencia a petición de sus acreedores.
Cuantía de las ayudas
La ayuda económica consistirá en un anticipo reintegrable que cubrirá hasta el 50% del coste total de las medidas de reestructuración incluidas en el plan con un límite máximo de 1.000.000€. Para poder acceder a esta ayuda, la empresa deberá contribuir en la misma proporción con sus propios recursos. Podrá acceder también mediante financiación externa obtenida en condiciones de mercado, incluyendo la venta de activos no indispensables.
El plazo para solicitar esta ayuda será desde el 16 de marzo hasta el 29 de septiembre de 2023. Para más información consulta con nuestros asesores expertos en ayudas y subvenciones, para que estudien tu caso.