Las ayudas tienen como objetivo apoyar la adecuación, recuperación y reactivación de la actividad turística en el País Vasco. Esto incluye el respaldo a la creación de nuevos negocios turísticos que fomenten el desarrollo local, así como las iniciativas que busquen mejorar la competitividad de las empresas turísticas vascas.
Estas mejoras pueden ser a través del apoyo a la innovación tecnológica, la optimización de la oferta turística y la adaptación a un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible. Las líneas de ayuda disponibles son: emprendimiento para nuevos negocios turísticos y mejora de la competitividad de empresas turísticas.
Ayudas al turismo del Gobierno Vasco
Las ayudas están disponibles para personas físicas y jurídicas, incluyendo comunidades de bienes y sociedades civiles, que cumplan los requisitos de:
- Empresas turísticas de alojamiento o mediación.
- Empresas de restauración, transporte turístico o turismo activo.
- Organizadores profesionales de congresos (OPCs).
- Guías de turismo.
- Titulares de áreas especiales de acogida para autocaravanas.
El programa ofrece una subvención máxima del 40% del gasto subvencionable hasta un máximo de 18.000€ para los proyectos relacionados con el emprendimiento para la creación de nuevos negocios. Por otro lado, los proyectos orientados a mejorar la competitividad de las empresas turísticas pueden recibir una subvención máxima del 30% del gasto subvencionable hasta un límite de 15.000€.
Gastos subvencionables EMET 2023
Se considerarán subvencionables bajo el programa EMET las siguientes iniciativas:
- Emprendimiento destinado a la creación de nuevos negocios en el ámbito turístico.
- Mejoras enfocadas en la competitividad de empresas turísticas, incluyendo:
- Soluciones tecnológicas para innovación empresarial y de servicios turísticos.
- Optimización y mejora de la oferta turística.
- Adaptación de la oferta hacia un turismo seguro, sostenible, responsable y accesible.
Ambas líneas de ayuda son excluyentes entre sí. Cualquier inversión que se pretenda apoyar debe estar ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAE). Además, los siguientes gastos serán considerados subvencionables:
- Aquellos que sean facturados, abonados y realizados entre el 1 de enero y el 15 de diciembre del año 2023.
- Se considerará el valor neto de los gastos como gasto admisible, lo que significa que se tendrá en cuenta el importe facturado una vez se haya deducido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- En el caso de adquisición de inmovilizado a través del leasing, solo las cuotas sin intereses ni gastos correspondientes al año 2023 serán subvencionables. Los activos tangibles adquiridos deben estar físicamente presentes en el negocio para el que se está solicitando la subvención.
- Se permitirá subcontratar actividades subvencionadas, pero el importe total de dicha actividad no podrá exceder del 50% del importe total de la actividad subvencionada.
El plazo para la presentación de solicitudes es del 6 de abril hasta el 6 de mayo de 2023. Para más información consulta con nuestra asesoría experta en ayudas y subvenciones para estudiar tu caso y recibir información personalizada.