El pasado 28 de febrero se publicó la Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida como la “Ley trans”.
Esta nueva normativa reconoce una serie de avances legislativos en cuanto a la protección sobre el papel de los derechos de las personas que pertenecen al colectivo LGTBI+, con lo que supone una novedad a varios niveles.
En cuanto al ámbito laboral, el artículo 14 regula la Igualdad de trato y de oportunidades de las personas LGTBI en el ámbito laboral indicando que las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, deberán tener en cuenta en sus políticas de empleo el derecho de las personas a no ser discriminadas por razón de las causas previstas en esta ley.
Ley trans: obligaciones para empresas
Por otro lado, el artículo 15 versa sobre la Igualdad y no discriminación LGTBI en las empresas. De esta forma, se establece la obligación de las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras de contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.
Esto se traduce en la creación de un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, se indica que las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras.
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