En un esfuerzo por promover la modernización y mejorar la eficiencia energética en los establecimientos comerciales y servicios relacionados en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV), se ha lanzado el programa de ayudas MEC (Modernización y Eficiencia Comercial).
Este programa tiene como objetivo facilitar la innovación, la implementación de procesos tecnológicos y eco-eficientes, así como la mejora de la gestión, infraestructuras y equipamiento comercial, como medio para alcanzar un mayor nivel de calidad y competitividad en el sector.
Se subvencionan inversiones realizadas entre el 01 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024 ambos incluidos.
Las inversiones mínimas requeridas son:
- Línea 1: 3.000€ (IVA excluido)
- Línea 2: 1.000€ (IVA excluido)
¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas MEC?
Podrán acceder a las ayudas, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, sociedades civiles y comunidades de bienes, micro y pequeñas empresas, siempre y cuando desarrollen su actividad en establecimientos físicos situados a pie de calle.
Actuaciones subvencionables
Línea 1: Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento comercial:
Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento.
- Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética.
- Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
- Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo y la adquisición e instalación de toldos.
- Adquisición, instalación y montaje de maquinaria vinculada con la actividad principal del establecimiento.
- Adquisición de equipamiento y mobiliario para la exposición de productos.
- Alarmas y sistemas de seguridad (la cuantía de la inversión no podrá exceder de 6.000€ IVA excluido)
- Equipos de climatización del local, siempre y cuando tengan etiqueta energética de alta eficiencia (A,B,C)
- Inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes relacionados con la actividad.
- Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre y cuando sean necesarios para la realización de la obra.
Inversión mínima: 3.000€ (IVA excluido).
Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación
Balanzas electrónicas comerciales, equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, T.P.V. y lectura óptica de productos, puesta en marcha o mejora de los sistemas de comercialización e implantación de páginas web con venta on line o de gestión del establecimiento comercial, cajas registradoras e implantación de software de facturación para el sistema Ticket-Bai. Siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial.
Inversión mínima: 1.000€ (IVA excluido)
¿Quiénes no pueden beneficiarse de las ayudas MEC?
Actuaciones no subvencionables
- Compra de locales y los derechos de traspaso.
- Compra de elementos de transporte, televisores o terminales telefónicos.
- Adquisición de equipamiento mediante leasing o renting
- Costes de transporte, seguros y tasas por autorizaciones administrativas, permisos, licencias.
- El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Artículos de exposición y prueba
- Cambio de luminarias, a no ser que sean de alta eficiencia energética (LED) o esté integrado su cambio dentro de una inversión de renovación de la instalación eléctrica (A,B,C)
- Reformas que no impliquen una renovación clara y directa de la imagen del establecimiento.
- Gastos de mantenimiento, reparación o sustitución de un activo.
- Gastos en material de oficina, utillaje o similares.
- Gastos de mantenimiento y actualizaciones de software, siempre y cuando no sean imprescindibles para la implantación del sistema Ticket-Bai, hecho que deberá ser debidamente justificado.
- Las facturas que no este claramente identificada, no admitiéndose conceptos codificados y el importe sea menor de 100€ (IVA excluido)
Cuantía de las ayudas
El importe de la ayuda será del 40% de la inversión admisible respetando en cualquier caso las cuantías mínimas para ser subvencionable, porcentaje que podrá aumentar hasta un 52% si se cumplen una serie de requisitos:
- Participación en Merkabide, Escuela Vasca de Retail o Eus-commerce en el año 2023.
- Inversiones realizadas en la renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento.
- Estabilidad de empleo de la mujer.
- Plan de Igualdad o Plan de conciliación.
- Adhesión arbitraje Kontsumobide.
- Vínculo con Asociación Zonal o Gremial de comercio.
- Berriz Empresa (en el año 2023)
- Antigüedad del establecimiento >10 años.
- Atención al público en euskera acreditado con certificado Bai Euskarari, Bikain o participación en Euskaraz Barra
- Formar parte de comunidades energéticas (Ekiola Energía Sustapenak, S.L., EVE, TEK- Tokiko Komunitate Ergetikoak…)
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la fecha de publicación de la Orden en el BOPV, es decir el 24 de abril y finalizará el 30 de septiembre de 2024 o en su caso, hasta el agotamiento del crédito dispuesto.
Asimismo, desde el Gobierno Vasco advierten que no se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada sea posterior a las 23:59:59 horas del último día de presentación de solicitudes.
El importe máximo de subvención por comercio y año será de 10.000€.
Con el objetivo de facilitarte este arduo trabajo, en Torrealday ponemos a tu disposición un equipo de expertos en la gestión de subvenciones que agilizarán los trámites y se encargará de la solicitud y gestión de las ayudas y subvenciones que te resulten de interés y quieras solicitar. Nos encargamos de todo el proceso de principio a fin.