La puesta en práctica del Programa de Creación de Empresas Innovadoras en Bizkaia 2024 se llevará a cabo a través de cuatros áreas de actuación:
- Área 1.—Desarrollo de proyectos empresariales innovadores.
- Área 2.—Nuevas empresas innovadoras.
- Área 3.—Dinamización del ecosistema de emprendimiento.
- Área 4.—Aceleración.
El área de Aceleración tiene como objetivo acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica mediante el apoyo a proyectos de alto potencial de crecimiento adaptado a sus necesidades concretas.
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Serán beneficiarias personas jurídicas que tengan:
- Un capital social desembolsado igual o superior a 30.000 €
- 4 puestos de trabajo a jornada completa equivalente, estando al menos 2 adscritos a un centro de producción de Bizkaia o una cifra de facturación igual o superior a 150.000 € en el ejercicio 2022.
- Primera fecha de alta en IAE igual o posterior al 1 de enero de 2019.
- Su domicilio social, fiscal y centro de producción en Bizkaia.
- Estar constituidas como sociedad mercantil o cooperativa.
- Haber sido beneficiaria del Programa Creación de Empresas Innovadoras en convocatorias anteriores y esté finalizada la justificación de dichos expedientes.
¿Qué hechos y gastos son subvencionables?
Será subvencionable la escalabilidad del negocio existente a nuevos mercados, así como el incremento de facturación, de empleo y de su competitividad.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos derivados de la consultoría externa para el desarrollo del proyecto de aceleración que, siendo correctamente justificados de conformidad con la normativa en vigor se hayan ejecutado en plazo, sean necesarios y respondan a la naturaleza y al normal desarrollo del proyecto.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de las ayudas constará de los siguientes términos:
- El hecho subvencionable tendrá una ayuda del 80% del gasto subvencionable y no será en ningún caso superior a 20.000€
- El importe se redondeará a la baja a la unidad más próxima.
- Independientemente del momento en el que se desarrolle la actuación, se podrá adjudicar la ayuda contra uno o varios ejercicios presupuestarios.
PLAZO DE SOLICITUD: desde el 1 de febrero de 2024 hasta el 29 de febrero de 2024 |
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