Dentro de las ayudas para el Fomento de iniciativas emprendedoras 2024, estas ayudas tienen como objeto apoyar la continuidad y fortalecer la consolidación de las empresas apoyadas en los Decretos de autoempleo de los ejercicios 2022 y 2023.
¿Quién puede beneficiarse?
Las entidades que fueron adjudicatarias de la subvención de “Ayuda a la puesta en marcha y creación de empresas” en 2022. Se deberán cumplir los requisitos del art.29.1 DF 162/2022.
¿Cómo justificar la subvención?
Se justificará en plazo de un mes desde el transcurso de un año desde la fecha de cambio de titularidad en Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para aquellos casos de adquisición empresarial y desde la fecha de alta en el IAE de la entidad que solicita subvención en los casos de traspaso de negocio.
Asimismo, se comprobará que la persona beneficiaria cumple con las obligaciones fiscales y tributarias que le correspondan.
¿Qué gastos se subvencionarán?
Se considerarán gastos subvencionables las siguientes acciones que se ejecuten en el periodo comprendido entre el 29 de julio de 2023 y el 30 de julio de 2024:
- Realización de un plan de comunicación y marketing relacionados con la actividad de la empresa.
- Gastos derivados de acciones de digitalización que contribuyan a la mejora de la competitividad empresarial.
- Gastos de formación en mejora empresarial.
- Gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia técnica especializada que tengan como objetivo:
- La mejora de la viabilidad de la empresa, que contribuyan a una mejora de su posicionamiento en el mercado o el desarrollo del negocio.
- La innovación para la mejora del producto, servicio o proceso.
- La viabilidad de la internacionalización, la responsabilidad social o el impacto medioambiental.
¿A cuanto asciende la ayuda?
La subvención máxima para obtener por entidad beneficiaria será de 2.000€.
Plazo de realización de acciones: entre el 29 de julio de 2023 y el 30 de julio de 2024.
PLAZO DE SOLICITUD: desde el 11 de marzo de 2024 hasta 30 de julio de 2024 |
La solicitud y documentación correspondiente deberán ser presentadas en la Oficina Virtual del Departamento de
Empleo, accediendo a la Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia www.ebizkaia.eus, seleccionando Oficina virtual de Empleo, Cohesión Social e Igualdad.
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