El Ayuntamiento de Bilbao está concediendo, desde este pasado 18 de noviembre, ayudas a la contratación. Estas buscan proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.
En este post informaremos de todo lo necesario sobre estas subvenciones además de su plazo y coste de tramitación.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar esta ayuda?
- Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad en el municipio de Bilbao.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones
- No haber obtenido ni obtener por parte de otra Administración o entidades públicas o privadas, ninguna subvención o ayuda, excluyendo la bonificación de la Seguridad Social, para formalizar la contratación.
Características y condiciones de los contratos
- Contratos indefinidos o de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos, siendo la duración mínima de estos de 3 meses. En ningún caso se admitirá la transformación de contratos temporales en indefinidos ni los contratos fijos discontinuos.
- Contratos a jornada completa o tiempo parcial con un mínimo del 50% de jornada.
- Las contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas.
- Contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2024.
- Las contrataciones deben estar realizadas en el momento de la resolución de concesión de la subvención por parte de Bilbao Ekintza y siempre antes del 31 de diciembre de 2024.
- Las condiciones de la persona a contratar son las siguientes:
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide.
- Estar empadronada y con residencia legal en el municipio de Bilbao.
- No será subvencionable aquellas personas que en los 6 meses anteriores a la fecha de contratación prestarán servicios indefinidos en la misma empresa, contratación del cónyuge, descendiente y demás, contratación por la misma empresa de un mismo trabajador si ha sido subvencionado en convocatorias anteriores.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda a la contratación?
- Ayuda máxima de 8.000€ por contrato de trabajo a jornada completa, no podrá superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social.
- Ayuda de 3.000€ por contrato de duración determinada de los artistas y del personal técnico y auxiliar de espectáculos públicos, a jornada completa de tres meses de duración y ayuda de 6.000€ por contrato a jornada completa de duración igual o superior a seis meses, no podrá superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social.
- Ayuda máxima de 10.000€ por contrato de trabajo a jornada completa y 7.500€ por contrato de duración determinada de artistas y del personal técnico y auxiliar en espectáculos públicos a jornada completa, en el caso de recibir una RGI, ser menor de 35 años, desempleado de larga duración o mayor de 55 años. No podrá superar el 100% de los costes salariales y de Seguridad Social.
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
Informamos que el plazo de la tramitación de esta ayuda estará abierto del 18 de noviembre hasta el 20 de diciembre de 2024, y tendrá un coste del 10% del importe concedido más el IVA correspondiente.
Para más detalle, consulte con su asesor/a. Recordamos que Torrealday dispone de asesoría online además de asesoría sobre ayudas y subvenciones, por lo que, no dudes en contactar con nosotros si presentas dudas. Nuestro equipo estará encantado de ayudarte.