El objeto de estas ayudas es facilitar la transmisión empresarial mediante la adquisición de al menos el 80% de una empresa en funcionamiento o traspaso de negocio durante el periodo comprendido entre el 29 de julio de 2023 y el 30 de julio de 2024. La transmisión empresarial ha tenido que ser tutorizada por DEMA o por entidad adjudicataria
aplicando metodología DEMA, se deberá realizar mediante contrato mercantil, en escritura pública, con indicación del valor de fondo de comercio o en los casos de traspasos de negocio mediante contrato. Se deberá mantener la misma actividad económica durante al menos un año.
Se excluyen los negocios digitales y las transmisiones entre cónyuges o familiares hasta 3er grado de consanguinidad y/o afinidad. Las personas socias trabajadoras de las entidades beneficiarias no han podido ser socias o titulares de la entidad que se transmite, en ningún momento previo a la realización del contrato mercantil o de traspaso.
¿Quién se puede beneficiar?
Será beneficiaria de la ayuda la entidad que adquiera el negocio, entendiendo por tal la empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos los empresarios y empresarias individuales, así como comunidades de bienes y sociedades civiles de Bizkaia.
Las condiciones para poder optar a esta ayuda son las siguientes:
- Que la adquisición se haya realizado entre el 29 de julio de 2023 y el 30 de julio de 2024.
- El cambio de titularidad debe quedar reflejado en ITP y AJD en el caso de adquisición de al menos el 80% de una empresa en funcionamiento, y en el alta IAE en el caso de Traspaso de negocio.
- Tener domicilio social y fiscal, así como su centro de trabajo en Bizkaia.
- La persona socia trabajadora debe ser residente en Bizkaia con una antigüedad mínima de 3 meses, acreditar desempleo y darse de alta en régimen de autónomos o mutualidad equivalente entre el 29 de julio de 2023 y el 30 de julio de 2024.
- Además, una persona socia de la entidad beneficiaria que cumpla los requisitos mencionados en el punto anterior, ha de haber realizado la formación y completado la metodología de la transmisión empresarial empleada por DEMA, y así debe constar en Certificado.
¿Cómo justificar la subvención?
Se justificará en plazo de un mes desde el transcurso de un año desde la fecha de cambio de titularidad en Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para aquellos casos de adquisición empresarial y desde la fecha de alta en el IAE de la entidad que solicita subvención en los casos de traspaso de negocio.
Asimismo, se comprobará que la persona beneficiaria cumple con las obligaciones fiscales y tributarias que le correspondan.
¿Cuánta ayuda se recibirá?
La subvención por cada entidad beneficiaría será de 10.000€. Dicha cuantía se incrementará en 5.000€ por cada persona socia trabajadora que cumpla los requisitos, hasta un máximo de dos personas más.
En consecuencia, la cantidad total y máxima de subvención a otorgar por cada entidad beneficiaria será de 20.000€
El plazo para la realización de acciones será entre el 29 de julio de 2023 y el 30 de julio de 2024.
PLAZO DE SOLICITUD: desde el 11 de marzo de 2024 hasta 30 de julio de 2024 |
Ponte en contacto con nuestro expertos en asesoría laboral y te guiarán en todo el proceso para acogerte a esta ayuda.