El programa de ayudas tiene como objetivo promover el abandono de la profesión de transportistas de edad avanzada, así como aquellos que han sido declarados con una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez, del ámbito del transporte público de mercancías y pasajeros por carretera.
Subvenciones por cese de actividad de transporte
Las personas que cumplan los siguientes requisitos al finalizar el período de presentación de solicitudes podrán ser beneficiarias de las ayudas:
- Residir en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2018.
- Tener entre 63 y 64 años, o haber sido declaradas con una incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para ejercer la profesión habitual de transportista. Se deberá contar con una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que indique la fecha de aprobación de la pensión. No se otorgarán ayudas si faltan menos de seis meses para cumplir los 65 años el 1 de junio de 2023.
- Ser titulares de una autorización de transporte público de mercancías o de pasajeros por carretera de forma ininterrumpida durante los últimos diez años, con un máximo total de tres copias en simultáneo. Esta autorización no puede haber estado suspendida en ningún momento y debe haber al menos una copia vigente. Se permite una única interrupción en la titularidad o vigencia de la autorización por un período que no exceda los tres meses. Se considerará vigente cualquier autorización caducada por falta de visado que esté rehabilitada al momento de presentar la solicitud. La autorización que resulte en la concesión de la ayuda debe estar vigente hasta el reconocimiento de las situaciones de incapacidad o gran invalidez.
- Estar registrados como trabajadores autónomos en el régimen de la Seguridad Social y haber permanecido en dicho régimen de forma ininterrumpida durante los últimos diez años, con una única interrupción permitida por un período que no supere los tres meses.
Ayudas al abandono de la actividad
Asimismo, deberán abandonar la actividad de transporte público de mercancías o de pasajeros por carretera antes del 30 de noviembre de 2023. De tal manera, deberán renunciar de manera definitiva a las autorizaciones de transporte de las que sean titulares y comprometerse a reembolsar las ayudas recibidas junto con los intereses correspondientes en caso de reanudar dicha actividad.
Por su parte, aquellas socias únicas de sociedades mercantiles unipersonales que sean titulares de la autorización de transporte público de mercancías o de pasajeros en autobús podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en esta orden, siempre que tanto la sociedad unipersonal como la socia única cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. Deberá ser acreditado documentalmente, y cuando sea posible, mediante certificación del registro mercantil, que la sociedad ha sido unipersonal durante los últimos diez años.
El programa de ayudas ofrece las siguientes cuantías económicas para aquellos transportistas que cumplan los requisitos establecidos:
- 4.100€ por cada semestre completo que le falte a la persona transportista para cumplir los 65 años. En el caso de autorizaciones de transporte público de mercancías en vehículos pesados y transporte público de pasajeros en autobús.
- 2.600€ por cada semestre completo que falte a la persona transportista para cumplir los 65 años. En el caso de autorizaciones de transporte público de mercancías en vehículos ligeros.
- 10.000€ para la persona transportista con incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez declarada.
El plazo para la presentación de solicitudes es del 6 de mayo al 5 de junio de 2023. Para más información consulta con nuestros asesores expertos en ayudas y subvenciones para que estudien tu caso.