El Gobierno Vasco aprobará en marzo una nueva línea de financiación de 500M/€, instrumentada por ELKARGI, en la que se incluyen variaciones con respecto al periodo de carencia y amortización de los préstamos, que pasan a ser dos años de carencia opcional y seis de amortización, frente al año de carencia y cuatro de amortización de la anterior línea.
Además, incluirá la posibilidad de novar a solicitud de las personas y empresas interesadas los préstamos formalizados al amparo del programa de financiación puesto en marcha en abril y mayo de 2020, para adecuarlos a las condiciones de la nueva línea de financiación.
El Consejo de Gobierno aprobará una primera orden por valor de 250M/€, que se ampliará hasta la cuantía total en función de las necesidades. El coste previsto inicialmente, que supone para el ejecutivo vasco esta nueva línea de financiación de 500M/€, junto con el coste de subvenciones que se derivan de las novaciones de préstamos formalizados al amparo del anterior programa será de aproximadamente 64M/€ para cubrir los intereses de los préstamos y los costes de los avales.
Otra de las novedades de esta convocatoria es que se garantizan mínimo 300M/€ para préstamos de entre 5.000€ y 25.000€, con un análisis más ágil, para las pequeñas empresas y personas empresarias autónomas encuadradas en los sectores más castigados por la pandemia causada por la COVID-19.
Esta herramienta de apoyo financiero instrumentalizada a través de ELKARGI, pretende dar cobertura a los gastos fijos de estructura de las empresas citadas y personas autónomas, tomando consideración su importancia en el tejido empresarial, sus implicaciones en el conjunto de la actividad productiva y su menor capacidad relativa de acceso a los mercados de financiación mayorista o a las líneas tradicionales de las entidades de crédito.
Beneficiarios:
a) PYMEs de Euskadi que cumplan los siguientes requisitos:
– Que empleen a menos de 250 personas.
– Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.
– Que no se halle participada directa o indirectamente en un 25%, o más, por otra empresa, o conjuntamente por varias de ellas, que no reúna alguno de los requisitos anteriormente expuestos
b) Personas empresarias individuales (micropymes) y profesionales autónomas de Euskadi:
– Que se encuentren de alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social.
– Que obtengan rendimientos de actividades económicas o profesionales sujetas al IRPF.
Condiciones:
Los préstamos tendrán un Euribor más un diferencial del 0,75%, subvencionado al 100% por el Gobierno Vasco.
Además, las empresas o personas que se acojan a los mismos podrán cancelar o amortizar anticipadamente sin coste alguno.
Cuantía:
a) Entre 5.000 euros y 1.000.000 euros para pequeñas y medianas empresas.
b) Entre 5.000 euros y 100.000 euros para personas empresarias individuales y profesionales autónomas.