En el año 2010, se reguló la obligatoriedad para empresas, personas autónomas y entidades con o sin personalidad jurídica, que realicen actividades económicas, de relacionarse y cumplir con sus obligaciones con las Administraciones públicas de forma exclusivamente digital.
Esta obligación incluye, además de las diferentes declaraciones tributarias o de seguridad social, la recepción de cualquier comunicación que puedan recibir por parte de la Administración pública (Hacienda Foral de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba, así como todas las administraciones autonómicas, locales y centrales, la Tesorería de la Seguridad Social…), independientemente de dónde tenga su residencia fiscal.
Es absolutamente necesario darse de alta en este sistema, así como comprobar periódicamente si tiene alguna notificación pendiente de lectura. Se ha detectado que, en ocasiones, el sistema tiene fallos y no se envía el email de aviso, pero la ausencia de esta comunicación no le exonera de acceder al DHEú y comprobar las notificaciones.
Las consecuencias de no atender un requerimiento de la Administración pública pueden conllevar sanciones muy importantes, llegando incluso al embargo.
Como se ha comentado, esta obligación se desarrolló hace más de 10 años, pero durante todo este tiempo la mayoría de administraciones han mantenido un modo de comunicación mixto. Por ello, además de poner a disposición del contribuyente la comunicación en el buzón electrónico, cuando han podido comprobar que no ha accedido al mismo, han enviado una comunicación al domicilio del mismo.
Envío de notificaciones digitales
Hacienda Foral de Bizkaia está enviando ya las notificaciones a través de su buzón electrónico, dejando de utilizar el envío en papel.
Por otra parte, desde septiembre de 2021, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria estableció el DEHú (Dirección Electrónica Habilitada Única) -antes DEH-, para facilitar el acceso a las notificaciones emitidas por las distintas administraciones públicas integradas en este servicio. La mayoría están dadas de alta en el DEHú, pero no todas, como, por ejemplo, la Diputación Foral de Bizkaia.
En el siguiente enlace se pueden consultar las administraciones suscritas al DEHú: https://dehu.redsara.es/
Requisitos para acceder a las notificaciones
Las entidades y personas obligadas al acceso a las notificaciones deben cumplir una serie de requisitos mínimos:
- Disponer y mantener en uso un certificado digital, con el que puedan acceder e identificarse ante las distintas administraciones públicas.
- Gestionar adecuadamente sus notificaciones electrónicas, dándose de alta en la sede electrónica correspondiente:
- Diputación Foral de Bizkaia (https://www.ebizkaia.eus/es/inicio)
- DEHú (https://dehu.redsara.es)
- Cualquier otra que pudiera corresponder.
Plazo de lectura para las notificaciones administrativas
Es importante señalar que tan solo se dispone de 10 días naturales en las notificaciones del Estado, la Diputación Foral de Gipuzkoa y la Diputación Foral de Álava. En el caso de la Diputación Foral de Bizkaia, el plazo es de 20 días, para descargar la notificación que se haya puesto a disposición del interesado en su sede electrónica. Si en ese plazo no se descarga, se dará por notificada, con los efectos legales que puedan corresponder.
No te olvides de comprobar:
- Que dispones de un certificado digital vigente.
- Que estás dado de alta en las sedes electrónicas correspondientes.
- Que el email indicado está activo y se comprueba periódicamente.
Comprueba periódicamente la posible existencia de notificaciones sin comunicar, conectándote a la página web de DEHú. Para conocer más detalles o si tienes alguna pregunta, no dudes en consultar con nuestro equipo de asesoría fiscal.