El Programa Kontrata 2024 trata de apoyar la empleabilidad de las personas desempleadas que hayan participado en alguno de estos programas mixtos de empleo-formación: Laborlan IV y V, liderados por DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo, así como a los Programas de Arraigo por Formación subvencionados por el Servicio de Empleo del Departamento de Empleo, Cohesión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia.
Excepcionalmente, se admitirán aquellos contratos correspondientes al sector de Industrias Culturales y Creativas (Maquinaria escénica), realizados con posterioridad al 1 de septiembre de 2023.
¿Qué entidades pueden verse beneficiadas?
- Empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el centro de trabajo en Bizkaia.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Quedan excluidos los organismos autónomos y las sociedades públicas y asociaciones o entidades sin ánimo de lucro dependientes o vinculadas a cualquier ámbito de la administración local, foral, autonómica o central, las empresas de trabajo temporal, así como cualesquiera otras entidades privadas dependientes o vinculadas a las anteriores.
Hechos y periodo de ejecución subvencionable
Serán subvencionables los contratos de, al menos, 3 meses de duración, a jornada completa o parcial, formalizados con personas desempleadas o en mejora de empleo que estén empadronadas en Bizkaia.
El plazo para la formalización de los contratos será entre el 21 de octubre de 2023 y el 11 de octubre de 2024, salvo aquellos contratos correspondientes al sector de Industrias Culturales y Creativas (Maquinaria Escénica), que podrán haber sido celebrados a partir del 1 de septiembre de 2023.
Requisitos
Los requisitos para acogerse a esta subvención para los contratos y personas contratadas serán las siguientes:
Contratos
- Duración mínima de 3 meses, bajo cualquier modalidad de contratación.
- Que estén en vigor en el momento de presentar la solicitud de subvención.
- A jornada completa o a jornada parcial, siempre que ésta represente un mínimo del 80% de la jornada habitual establecida.
- Realizados en una ocupación relacionada con la especialidad formativa en la que la persona haya participado dentro del programa mixto de empleo-formación: Laborlan IV y V, liderados por DEMA Enpresa Garapena de Barakaldo, así como a los Programas de Arraigo por Formación subvencionados por el Servicio de Empleo del Departamento de Empleo, Cohesión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia.
Personas contratadas
- Desempleadas o en mejora de empleo inmediatamente antes de la fecha de inicio del contrato y hasta su formalización.
- Empadronadas en Bizkaia.
- Que hayan participado en los programas mixtos de empleo-formación.
- Que presten sus servicios a centros de trabajo radicados en Bizkaia.
- Que no hayan sido contratadas con anterioridad a la fecha de celebración del contrato por la entidad solicitante.
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención será una cantidad total y máxima por contrato realizado, según el siguiente desglose:
- 5.000€ si el salario bruto anual se sitúa entre 14.000€ y 21.000€.
- 7.000€ si el salario bruto anual se sitúa entre 21.000,01€ y 27.000€.
- 9.000€ si el salario bruto anual es mayor de 27.000€.
Límites por entidad solicitante: un máximo de 7 contrataciones y 60.000€ en total.
En ningún caso el importe total de la subvención otorgada podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.
PLAZO DE SOLICITUD: desde el 15 de enero de 2024 hasta 11 de octubre de 2024 |
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