El objetivo de las ayudas es respaldar la creación y el mantenimiento del empleo a través de la contratación indefinida o la conversión de contratos temporales a indefinidos.
Se consideran subvencionables los contratos indefinidos celebrados con personas desempleadas y las conversiones de contratos temporales a indefinidos formalizadas entre el 1 de noviembre de 2022 y el 28 de julio de 2023. Este es el periodo de ejecución subvencionable.
Entidades beneficiarias del Programa Kontrata
Las ayudas están dirigidas a empresas, empresarios y empresarias individuales y profesionales, comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social, fiscal y centro de trabajo en Bizkaia.
- Tener una plantilla de hasta 250 personas.
- No estar participada directa o indirectamente en más del 25% por empresas que no cumplan los requisitos anteriores.
- Los empresarios individuales, profesionales y las personas socias o comuneras deben tener residencia habitual en Bizkaia.
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Quedan excluidos de las ayudas los organismos autónomos, las sociedades públicas, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro dependientes o vinculadas a cualquier ámbito de la administración local, foral, autonómica o central, las empresas de trabajo temporal y cualquier otra entidad privada dependiente o vinculada a las mencionadas anteriormente.
Además, la ayuda está dirigida a personas residentes en Bizkaia que se encuentren en los siguientes grupos:
- Mayores de 45 años.
- Jóvenes menores de 30 años.
- Desempleados de larga duración.
- Personas con una discapacidad del 33% o superior.
- Personas en situación de riesgo de exclusión social.
Requisitos de los contratos
Contratos indefinidos
- La persona contratada debe haber estado desempleada inmediatamente antes de la fecha de inicio del contrato y hasta su formalización.
- Si la persona ya ha trabajado antes en la misma empresa, debe haber transcurrido al menos un mes desde la finalización del contrato anterior.
Conversiones de contratos temporales en indefinidos
- La persona no debe haber trabajado para la empresa durante más de 18 meses en un periodo de 24 meses antes de la conversión.
- Las condiciones de salario y jornada del contrato indefinido deben ser al menos las mismas que las del contrato temporal anterior.
Además, se aplican una serie de condiciones generales. Por un lado, los contratos deben ser a jornada completa, salvo en el caso de personas con discapacidad, cuya jornada parcial debe ser al menos del 50% de la jornada habitual establecida. Asimismo, el lugar de trabajo debe estar en Bizkaia. No se pueden solicitar subvenciones por la misma persona trabajadora en dos contratos distintos.
Por otro lado, no se subvencionarán contratos con un salario bruto anual inferior a 16.000 euros. Los contratos fijos discontinuos son subvencionables si tienen una duración mínima de 6 meses durante un período de un año.
Cuantía del programa Kontrata
Se establecen las siguientes cantidades para la subvención:
- Para los contratos indefinidos: 3.000 euros, 3.600 euros si se trata de una mujer y 3.750 euros para los contratos relacionados con la transición ecológica hacia una economía verde o la transformación digital.
- Para las conversiones de contratos temporales en indefinidos se otorga una subvención de 2.500 euros.
- Si la persona contratada ha completado algún programa de empleo del Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad o de DEMA-Enpresa Garapena de Barakaldo durante los años 2022 o 2023, la subvención será de 4.000 euros.
El programa Kontrata establece un límite máximo de 10 contrataciones y un total de 30.000 euros por entidad solicitante. El plazo para la presentación de solicitudes es del 3 de abril hasta el 28 de julio de 2023. Para más información consulta con nuestros asesores expertos en ayudas y subvenciones.